Convivencia Alterna

Iniciativa para Un Proyecto de Iniciativa de Ley

ESTADO MUNDIAL DE LA NIÑEZ, UNICEF, 2009 Noviembre 22, 2009

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 ¡ LO  QUE  NO  SE NOMBRA  NO  EXISTE!

 

 
 
 

Presentaciòn del Informe Especial "El Estado Mundial de la Niñez", 2009, de UNICEF

 

 

Estado Mundial de la Infancia

 

Informe Especial de UNICEF

 

En Conmemoración de los 20 años de la Convención sobre los Derechos del Niño

 

“Pese a los numerosos desafíos que persisten con respecto a la conquista de los derechos de la infancia, la Convención plantea una visión de un mundo en el que todos los niños y niñas sobreviven y progresan, y se les protege, se les respeta y se les alienta a participar en las decisiones que les afectan.

Esta visión promueve un mundo de paz, de tolerancia, de equidad, de respeto por los derechos humanos y de responsabilidad compartida. En suma, un mundo apropiado para la infancia”.

(La importancia intemporal de la Convención: Informe especial sobre la situación mundial de la niñez, 2009, de UNICEF)

Tal y como nos recuerda el presente informe, La Convención sobre los Derechos del Niño fue aprobada el 20 de noviembre de 1989, por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Es el tratado sobre derechos humanos más ampliamente reconocido de la historia, ratificado actualmente por 193 Estados partes.

Este informe tiene connotaciones muy especiales, no sólo por su conmemoración histórica de los 20 años, sino además, por la calidad misma con la que fue preparada, el equipo altamente calificado (moral y profesionalmente) que participó en su elaboración, sino también por la amplitud y profundidad de las temáticas que aborda.

En tal sentido, se resalta que el contenido general y fundamental de este informe está comprendido básicamente por cuatro capítulos centrales (y un anexo), siendo ellos los siguientes;

El primer capítulo denominado “La importancia intemporal de la Convención, hace un repaso general de la evolución de las normas internacionales sobre los derechos de la infancia, que va desde el año 1924, en el que la Liga de las Naciones aprueba la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño, hasta la Declaración sobre la Infancia, respaldada y aprobada por 140 gobiernos en el año 2007, pasando además, por otras fechas intermedias muy importantes, como la aprobación por parte de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), del Convenio No. 182 sobre la prohibición de loas peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación, signada en 1999.

En términos generales, en este primer aspecto de la evolución histórica de la normativa jurídica el informe hace énfasis en los cuatro principios fundamentales de la Convención; la no-discriminación, la dedicación al interés superior del niño, el derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo, y el respeto por los puntos de vista del niño, los cuales sostiene, deberían de guiar siempre las acciones relacionadas con todos los asuntos que afectan a la infancia.

Este capítulo aborda también aspectos importantes relacionados con los Protocolos Facultativos de la Convención (en particular, el relativo a la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, que entró en vigencia el 18 de enero de 2002, y el relativo a la participación de los niños en conflictos armados, que entró en vigor el 12 de enero de 2002).

Aborda además, acerca de El comité de los Derechos del Niño (compuesto actualmente por 18 miembros y cuya misión es supervisar la aplicación de la Convención), analiza también el enfoque basado en los derechos humanos y cooperación a favor de los niños y las mujeres, los desafíos que representan las necesidades de supervivencia y desarrollo, las disparidades, las necesidades de protección de los infantes, así como las repercusiones de la Convención sobre las instituciones públicas y privadas.

Este capítulo se complementa con un diagnóstico general sobre la situación actual de la niñez en países como Sudáfrica, China, Egipto, Sierra Leona y la India, entre otros, así como realiza una presentación del proyecto internacional “Ciudades amigas de la Infancia” (conceptualizada como “cualquier sistema local de gobierno, urbano o rural, grande o pequeño, que se comprometa a defender los derechos de la infancia definidos en la Convención”), bajo el cual se promueve la participación infantil en los gobiernos locales.

El segundo capítulo se centra en presentar diversos puntos de vista sobre la Convención, mediante la presentación de una selección de ensayos de personalidades invitadas, entre quienes destacan “Mi identidad, mis derechos: de trabajador infantil a activista por los derechos de la infancia”, cuyo autor es Om Prakash Gurjar, activista de Derechos Humanos nacido en Rajastán y ganador del Premio Internacional Infantil de la Paz; “Una política fiscal sostenible: invertir en la juventud de Chile”, de Andrés Velasco, Ministro de Finanzas de Chile; “La vida en la calle: millones de niños y niñas continúan sin hogar, sin atención ni protección”, de Hanna Polak, Directora de cine nominada para los Oscar, es además defensora de los derechos de la infancia; “Derechos de la infancia: vamos por buen camino, pero aún queda mucho”, de Ishmael Beah, nacido en Sierra Leona y autor del libro “Un largo camino: Memorias de un niño soldado”. Es Promotor de los niños afectados por la guerra ; “Poner fin a la trata de menores de edad: la colaboración es clave”, de Awa N´deye Ouedraogo, quien ha sido miembro y Presidente del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas; “Situar a la infancia en el corazón de la Unión Europea”, de  Jacques Barrot, Vicepresidente de la Comisión Europea y Comisario de Justicia, Libertad y Seguridad; “Una infancia más fuerte, sociedades más robustas”, de Javier Solana, Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común, Secretario del Consejo de la Unión Europea, entre otros.

El tercer capítulo aborda las diversas y más relevantes dificultades para el cumplimiento eficaz de la Convención en el presente siglo XXI, entre las cuales, pueden citarse la presente crisis económica mundial, los desafíos para la protección de los derechos de la infancia en contextos de crisis humanitarias, y el cambio climático. Se abordan igualmente los casos específicos de México, Mozambique, Serbia y Suecia.   

El cuarto y último capítulo está comprendido por la citación del texto completo de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos.

En términos generales, el presente informe sobre la situación de la niñez en el mundo presenta una serie de avances significativos, conquistados particularmente en la última década, tal y como lo expresa en el prólogo del informe Ann Veneman, Directora Ejecutiva de UNICEF, más sin embargo, como ella misma establece, todavía queda mucho camino que recorrer, limitaciones y deficiencias que resolver.

Al respecto, un primer paso para avanzar hacia la conquista plena y efectiva de los derechos de los niños y niñas, lo representa la adquisición de una plena consciencia sobre la importancia de ello, y la magnitud real de los retos que ello implica para el presente, para el futuro inmediato y mediato de la humanidad.

A adquirir tal conciencia nos ayuda la lectura y estudio detenido del presente informe, el que ahora pone a nuestra disposición el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia. La invitación a adentrarse en el mismo está hecha.

Síntesis del presente documento elaborada por: Sergio Barrios E.

Sergio Barrios Escalante

Responsable del sitio virtual “Convivencia Alterna”

 convivenciaalterna@yahoo.com

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Màs informaciòn sobre Reporte Especial de UNICEF en:

http://www.unicef.org/spanish/index.php

Síntesis del presente documento elaborada por: Sergio Barrios E.

 

“NO SIN MI HIJA” Octubre 27, 2009

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                                   ¡LO  QUE  NO  SE  NOMBRA  NO  EXISTE!

 

Jade 2008 117

No sin mi hija

 

 

“NO SIN MI HIJA”

Larga lucha y breve texto dedicado a la pequeña Jade, el ser más hermoso del universo.

“Negar a un padre, también es un delito moral. Restringir las relaciones paterno filiales por venganza o dinero es ruin…”

(“Más vale pájaro emplasticado”; Lucía Escobar, Periodista, escritora y feminista).

“Usted tuvo la culpa por haberla reconocido como su hija. Ya vio, si no lo hubiera hecho ahora no andaría en estos aprietos…”.  Estas son, palabras más o palabras menos, el tipo de frases que me han repetido incontables veces algunos conocidos, gente desconocida, y/o algunos abogados, cuando me ven corriendo con papeles legales en corredores de juzgados u oficinas legales.

Y por supuesto, cada vez que escucho éstas frases (y repito, me lo han vomitado muchas veces), siento como si me dieran un terrible golpe seco en plena cara, y siento además, que la sangre me hierve, al constatar el grado de deshumanización y de dureza al que ha llegado una buena cantidad de gente en este país.

La anterior postura es simplemente otra expresión de la misma deshumanización en contra de la cual ahora estoy peleando en el frente legal, para poder re-establecer el contacto directo, fluido y permanente con mi pequeña de cinco años, a quien ha fuerza de numerosas patrañas de diferente orden y naturaleza, me han impedido ver desde hace exactamente nueve meses, período que yo contabilizo en días y horas, es decir, en doscientos setenta días o, en seis mil cuatrocientas horas, aproximadamente.

En vano me alegré en días recién pasados, cuando recibí la notificación oficial respecto al levantamiento de la Orden Cautelar emitida en mi contra, al ser generada y sustentada en base a graves injurias y calumnias, que al no poder ser demostradas con pruebas válidas y de peso, dieron paso al levantamiento de la prohibición de acercarme a mi propia hija.

Las abundantes y aplastantes pruebas documentales presentadas junto a mi abogado, a través de sendos memoriales de oposición, fueron finalmente tomadas en cuenta, luego de mucho batallar a diferentes niveles, exigiendo que se aplicara el principio constitucional de igualdad ante la ley (todo mundo debe comprobar sus denuncias) y presunción de inocencia (no constituye delito per se el haber nacido con sexo masculino en un país de machos violentos y abusadores de mujeres).

Sin embargo, muy poco me duró la satisfacción por el pequeño triunfo legal obtenido, ya que mientras me encontraba haciendo gestiones y solicitudes de mediación ante la Procuraduría de la Niñez de la Procuraduría de Derechos Humanos (PDH), para dialogar y negociar con la parte acusadora, con el fin de iniciar preparativos para el establecimiento y firma de un Convenio de relacionamiento familiar, que me permitiese ver a mi hija de forma regular, la oficina de mi abogado recibió una nueva notificación judicial en mi contra, esta vez, proveniente ya no de una instancia civil sino penal.

¿De qué se trata ahora?

Debido a la renuencia del juzgado que llevaba la causa anterior, en el sentido de negarse a seguir prorrogando la vigencia de una Orden cautelar obtenida a todas luces con vicios e irregularidades (por no decir “falso testimonio”), la parte demandante ahora utiliza de nuevo las viejas sindicaciones ya desestimadas en el anterior caso, y abre un nuevo caso por Violencia contra la Mujer y Violencia Económica, estableciendo la tal citatoria que debo comparecer bajo amenaza de apremio físico (persecución policial) en caso de no acudir el día y la hora señalado por el juez que ha dado curso a la nueva demanda.

Resulta evidente que bajo esta atmósfera de presión, amenaza y persecución judicial, es sumamente difícil el poder llevar adelante procesos de mediación y conciliación como el que yo empezaba a emprender con el apoyo institucional y profesional de la PDH.  

Este nuevo capítulo judicial me pone de nuevo a correr contra el tiempo para preparar documentación de diverso tipo, lo cual viene a incrementar el centenario número de incontables horas perdidas a lo largo de casi todo este año 2009, dañando con ello mi ya difícil situación económica.

¿No es esto violencia económica?

¿No es esto violencia emocional y psicológica en contra de mi pequeña?

El arreglo armonioso y consensuado de los distintos aspectos que tienen que ver con el relacionamiento integral, fluido, “normal” y regular entre padre e hija, no es asunto que pueda arreglarse por medio del uso indiscriminado de la represión policial, como si estuviésemos en los mejores tiempos de la España franquista.

Ya en marzo recién pasado me impidieron con el uso de la fuerza pública (cuatro policías y tres soldados), el que yo entregara personalmente el regalo de cumpleaños a mi hija, creando para mi gran sorpresa, una patética escena que ni siquiera en tiempos de las dictaduras de los años ochenta había podido observar…

Siete hombres uniformados y armados para impedir que un padre se acercara a su pequeña hija y le entregara su regalito cumpleañero. Una escena (y por supuesto, una actitud) verdaderamente abominable y vil.

¿Cuál es el objetivo de toda esta intransigencia y agresividad?

Ya le cortaron a mi hija desde febrero de este año, la escasa y muy esporádica comunicación telefónica que ella mantenía conmigo. Recuerdo todavía que la última vez que platicamos por esa vía a inicios de este año, me pidió que le comprara un teléfono móvil, pues deseaba platicar más frecuentemente conmigo. “¡Llamame mañana, que tengo muchas cosas que contarte…”, fue lo último que alcanzó a decirme, antes de que una brusca mano de adulto (o adulta) le arrebatara el teléfono.

Llegado este escrito a este punto, deseo traer a colación y recordarles a los lectores y lectoras, que Guatemala es signataria de la Convención De los Derechos del Niño, la cual, en la pirámide de jerarquía en cuanto a normas, está en un nivel más elevado que cualquier otra ley ordinaria nacional.

Si me permiten, dicho convenio dice textualmente en su artículo No. 3;

“Los Estados Partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres, a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño”.

Y en cuanto a la principal normativa de carácter nacional relativa a los menores, concretamente, la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia –Decreto No. 27-2003 del Congreso de la República-, dice literalmente en el artículo No. 16, el cual versa sobre la dignidad de los (y las) menores, lo siguiente;

“Es obligación del Estado y de la sociedad en su conjunto, velar por la dignidad de los niños, niñas y adolescentes, como individuos y miembros de una familia, poniéndolos a salvo de cualquier tratamiento inhumano, violento, aterrorizador, humillante o constrictivo”.

A la luz de tal comportamiento de visceral agresión y hostilidad, resulta bastante claro y evidente que detrás de toda esta persecución judicial y criminalización de mis derechos elementales de ejercicio normal de la paternidad, se encuentra la aviesa intensión de obligarme a irme del país, o en su defecto, conducirme a la cárcel, como medios efectivos para conseguir finalmente alejar a mi pequeña de su padre.

Empero, ello va a resultar un poquito difícil. Debo informar al lector que la lucha de este progenitor por estar cerca de su hija viene desde antes de que la pequeña naciera, y cuando vino al mundo, de inmediato la jurista Vilma G.G., mi abogada entonces, tras una lucha de varios meses, que incluyó el rastreo extensivo en más de 14 registros municipalidades de distintos puntos geográficos de Guatemala (incluyendo en algunos municipios alejados de El Quiché), evitó que se consumara el delito de falsedad ideológica, pues existía la intención de registrar a mi pequeña con un apellido distinto al de su padre.

De tal manera que conseguimos “persuadir”, bajo advertencia de iniciar juicio si no se accedía a la realización de un examen científico (ADN), entre la recién nacida y mi persona, lo cual al final se consiguió, enviando las respectivas muestras a un laboratorio en EEUU, que al final, por supuesto, dieron positivo.

¿Cuántos casos similares a este ha habido en Guatemala? Me parece que los dedos de una sola mano sobran para contarlos.

Por ello es que me indigna cuando alguna persona que conoce este caso me dice que fui un tonto al reconocer a mi hija. En lo personal, yo no necesité en ese momento (año 2004), que existiera una ley de Paternidad Responsable aprobada por el Congreso. De hecho, en esa época todavía hacían falta cuatro años para que llegara a existir tal normativa.

Finalizo este texto recordándole al lector y lectora el importante contenido del artículo No. 8 (inciso 1) de la Convención de los Derechos del Niño, que literalmente dice;

“Los Estados Partes se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares de conformidad con la ley y sin injerencias ilícita”.

Esto precisamente me lo recordó una mañana de estas un amigo cercano, jurista español para mayores señas (aclaro dos cosas; uno, que no se trata de Castresana; y dos, que tratándose de españoles pues también los hay buenos…no todos son neo-encomenderos, como algunos pre-juiciosamente piensan).  

Les decía que este amigo me recordaba que mi hija no es ningún “injerto” en la sociedad guatemalteca. Que ella también forma parte del Estado y de la nación, y justamente por eso, tiene todo el derecho del mundo a conocer y relacionarse normal y fluidamente con sus verdaderos familiares, incluidos los abuelos, tíos, primos, etc. Es decir, tiene derecho a desarrollar de manera sana sus naturales raíces identitarias, según me decía él en un tono bastante exaltado.

Por supuesto que yo estoy plenamente de acuerdo con esa opinión. Considero que en este caso particular, el Estado (incluyo particularmente el sistema de justicia), lejos de apoyar la irracional y perversa criminalización del esfuerzo de un padre de familia que desea estar cerca de sus hijos (as), está obligado, por mandato de las leyes nacionales e internacionales, a brindarnos todo el apoyo y protección (como reza el artículo 1 de la Constitución de la República), un apoyo que hasta el momento, a mi hija y a mi nos han regateado y otorgado a empujones y a cuenta gotas.

Por ello, pido públicamente a las instancias de justicia respectivas, la inhibitoria de los juicios penales en mi contra, y que el caso sea conducido hacia las instancias civiles como es lo usual en asuntos de familia, y hacia las instancias de mediación y conciliación de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), tal y como yo lo he solicitado por escrito y gestionado de manera personal.

Pido también públicamente, que el sistema de justicia no siga permitiendo que las nobles, necesarias y generosas leyes de protección a la mujer y a la familia (como la Ley contra el Femicidio por ejemplo), no sea utilizada de manera perversa para ejercer violencia en contra de la estabilidad emocional y psicológica de los (y las) menores, y para alimentar irracionales anhelos de venganza en contra de progenitores que buscamos estar cerca y proteger a nuestros vástagos.

Si por su edad mi pequeña no puede defenderse por si misma, es obligación mía (y del Estado y la sociedad en su conjunto) hacerlo. En cuanto a mi persona, la cárcel no es mi lugar. Que vayan allí los malos padres. No es ese mi caso y me ocupo en demostrar (limpiamente) lo que afirmo.

Sergio Barrios Escalante

Editor de la Revista Raf-Tulum

 

 

Promociòn del empleo juvenil en Amèrica Latina Septiembre 24, 2009

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   ¡ LO  QUE  NO  SE  NOMBRA  NO  EXISTE !

 

Prejal-  Firma  Convenio  en El  Salvador

Prejal- Firma Convenio en El Salvador

 

GOBIERNO DE EL SALVADOR FIRMÓ CARTA DE ENTENDIMIENTO Y COOPERACIÓN PARA FORMULAR LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD DEL PAÍS

 

¿Què es el PREJAL?

PREJAL es un medio para sensibilizar y comprometer la inclusión del objetivo empleo juvenil en las políticas y programas públicos, y colaborar en la elaboración de los planes nacionales de acción sobre el empleo de los jóvenes. La estrategia descansa en utilizar recursos públicos y privados para mejorar las capacidades nacionales de creación de empleo para jóvenes, con la participación de organizaciones internacionales, de gobiernos, de las organizaciones de empleadores, de las empresas privadas y de las organizaciones de trabajadores.

Para ello, el Proyecto comprende acciones dirigidas para incorporar el objetivo de empleo juvenil en las políticas públicas y promover iniciativas concretas para la creación de empleo juvenil que puedan adoptarse como referente para el sector público y las iniciativas del sector privado. La perspectiva a futuro del Proyecto es establecer las bases para el desarrollo de una red de países comprometidos con el desarrollo de políticas de empleo digno para los jóvenes en América Latina.

Este Proyecto se inscribe dentro de los esfuerzos de la Red de Empleo de los Jóvenes del Secretario General de la ONU y del Programa Global del Empleo de la OIT. En consonancia con estos esfuerzos, el Gobierno español y un grupo de empresas españolas, coordinadas por la CEOE, han tomado la decisión de apoyar estas iniciativas con el objeto de dar oportunidades a los jóvenes latinoamericanos para la obtención de trabajos decentes y productivos.

 

Màs información en;

 

http://prejal.oit.org.pe/

  

 

Convivencia Alterna

Sergio Barrios E.

Editor

 

GUATEMALA: HUELGA DE HAMBRE PARA LOGRAR ANULACIÒN DE ADOPCIONES ILEGALES Julio 21, 2009

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¡ LO  QUE NO  SE  NOMBRA  NO  EXISTE!

 

Huelga de Hambre por Nulidad de Adopciones

Huelga de Hambre por Nulidad de Adopciones

 

 

FUNDACIÒN  SOBREVIVIENTES

 

Tras 36 años de sistemáticas violaciones a los derechos humanos, en Guatemala nos planteamos la consigna de: “NUNCA MAS” a los hechos de violencia que dejaron a miles de familias guatemaltecas enlutadas como lo fueron los casos de ejecuciones extrajudiciales, secuestros, masacres, la desaparición forzada entre otros. 

Sin embargo pese a los esfuerzos de la sociedad civil organizada  porque estos actos no se repitieran vemos con tristeza como día día las familias guatemaltecas enfrentamos hoy  actos de violencia  que  causan dolor y temor, quedando en la impunidad la mayoría de ellos.

 Esta es la situación del caso de las menores; Angiely, Arlen Escarleth y  Heidi Sarai, hoy bajo la identidad de “Karen Abigail López García (Karen Abigail Monahan Vanhorn), Cindy García (Cindy Colwell Thomas) y Kimberly Azucena Jiménez (Kimberly Azucena Ocheltree) que en el 2006 fueron arrancadas de los brazos de sus madres, quienes desde ese momento han mantenido una lucha constante por determinar el paradero de sus menores hijas, así como la investigación que lleve a identificar a los responsables para que estos respondan ante la justicia por el delito de trata de personas entre otros.

 Hay quienes consideran que esta es una batalla perdida, que no se va a lograr que las menores retornen al país, que las mamas tienen otros hijos y que para que quieren una “carga mas”,  definitivamente  estas personas no conocen lo que es el amor de una madre y de lo que se es capaz de hacer por amor a una hija o un hijo,  Solo los que conocemos este sentimiento sabemos que la lucha de doña Raquel, Olga y Loyda es una lucha de amor inclaudicable y por ello hemos decidido acompañarlas y apoyarlas  en este caminar que esta lleno de visitudes de muchos retos y riesgos. 

Han transcurrido dos años de búsqueda, y hoy conocemos la verdad y por lo mismo hemos acudido ante la justicia para demostrar que los procesos de adopción a través de los cuales las menores salieron fuera del país, son anómalos ejecutados por  redes de trata de personas que durante años se han enriquecido con la comercialización de nuestros niños y niñas en el mercado de adopciones internacionales, razón por la cual exigimos la nulidad de estos procesos y que la adopción quede sin efecto   y que las niñas retornen al país y al seno de su hogar.

Por lo que hacemos un llamado a los jueces del juzgado quinto de  primera instancia civil, al juzgado séptimo de primera instancia civil y al juzgado octavo de primera instancia civil a realizar las actuaciones pertinentes de conformidad con la ley aplicando los principios de celeridad, prontitud, eficacia y sobre todo justicia pues no es un favor lo que se solicita ante nuestros órganos jurisdiccionales sino el cumplimiento de la ley.

Esta actividad inicia hoy pero no sabemos cuando finalizará ya que ello dependerá de la celeridad y prontitud con que actúen los jueces.  

Desde ya pedimos la solidaridad de la población, de las organizaciones sociales y la intervención de las instituciones de Estado concretamente al Presidente Alvaro Colom, al Presidente del Congreso de la República  y del presidente del Organismo Judicial, no podemos pasar por alto los niveles de responsabilidad del Estado por estos hechos. 

Porque este no es un problema de tres mamas sino de toda Guatemala que dìa dìa se desangra por el accionar de los grupos criminales y la falta de aplicación de justicia.

 

 Guatemala, 15 de julio del 2009.

 

Las direcciones  a donde  usted puede enviar sus mensajes de apoyo a esta justa causa son las siguientes;

 

-Ing. Alvaro Colom, Presidente de Guatemala: webadmin@scspr.gob.gt

Casa Presidencial: 6a. Avenida 4-18 zona 1, Ciudad de Guatemala, Guatemala, Centro Amèrica.

 

-Lic. Josè Roberto Alejos Cambara, Presidente del Congreso: jalejos@congreso.gob.gt

Congreso de la Repùblica de Guatemala: 9a. Avenida 9-44 zona 1.

-Lic. Carlos Gilberto Chacòn Torrebiarte, Presidente del Organismo Judicial: carrecis@oj.gob.gt

Corte Suprema de Justicia: 7a. Avenida y 21 calle, zona 1, Centro Cìvico. Ciudad de Guatemala.

-Licda. Delia Back, Presidenta Comisiòn de la Mujer del Congreso: dmonteback@congreso.gob.gt

Congreso de la Repùblica de Guatemala:  9a. Avenida 9-44 zona 1.

 

Para mayor informaciòn de este caso:

http://www.sobrevivientes.org

 

 

¡ LO  QUE  NO  SE  NOMBRA  NO  EXISTE !

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Convivencia Alterna:

Contacto:

convivenciaalterna@yahoo.com

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DÌA INTERNACIONAL CONTRA EL TRABAJO INFANTIL Junio 21, 2009

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                                                                                ¡ LO QUE NO SE NOMBRA NO EXISTE!

 

 

 

 

 

 

 

Niños en (y de ) la calle --Foto - Emancipaciòn

Niños en (y de ) la calle --Foto - Emancipaciòn

 

 

 

 

 

                                               EN EL DÌA INTERNACIONAL CONTRA EL TRABAJO INFANTIL

 

El recièn pasado viernes 12 de junio se celebrò de nuevo el Dìa Internacional contra el Trabajo Infantil, fecha en la cual se conmemora la adopaciòn por parte de la Organizaciòn Internacional del Trabajo (OIT), de la Convenciòn Contra las Peores Formas de Trabajo Infantil (No. 182 de la OIT), aprobada por este importante ente en el año 1999.

En ocasiòn de celebrarse tan importante fecha en este año 2009, la OIT ha dado a conocer el informe “Demos a las niñas una oportunidad” (“Give Girls A Chance”), de la cual ahora presentamos aquì una versiòn resumida (en español) de su respectivo pròlogo.

“La Convenciòn le da un ènfasis a la situaciòn de las niñas en situaciòn especial de riesgo. La OIT calcula que actualmente hay en el mundo unos 100 millones de niñas involucradas en trabajos de distinto tipo alrededor del globo. Muchas de ellas tienen escaso acceso a la educaciòn y trabajan en condiciones de riesgo para su salud, su seguridad e integridad moral.

Ello no implica que la OIT no se preocupe por la situaciòn de los niños, empero, en esta ocasiòn (en el reporte citado), se intenta llamar la atenciòn sobre la particular situaciòn de riesgo en que se encuentran las niñas.

Entre muchas otras cosas, este reporte presenta informaciones estadìsticas actualizadas, acerca del involucramiento de niñas en el trabajo domèstico no remunerado, un fenòmeno en el cual las niñas resultan màs afectadas que los varones, estrechàndoles muchas veces sus ya escasas oportunidades de asistir a la escuela.

La OIT reconoce que en los ùltimos años se han hecho progresos significativos en la reducciòn de este problema, pero al mismo tiempo manifiesta su preocupaciòn por los efectos negativos de la actual crisis econòmica mundial, que al profundizar las condiciones de pobreza de muchos hogares pone en riesgo los avaces logrados al respecto.

Relacionado con ello, una de las àreas de atenciòn màs importantes que la OIT ha desarrollado, lo constituye el Programa Internacional contra la Erradicaciòn del Trabajo Infantil, el cual ha adquirido significativa importancia en el combate a las peores formas de trabajo infantil, tanto a nivel local como a nivel de polìticas pùblicas, trabajando en conjunto con los gobiernos.

La OIT sostiene que la mejor forma de enfrentar el flagelo del trabajo infantil es a travès de polìticas integrales basadas en estrategias de reducciòn de la pobreza y en la promociòn de empleos decentes para los adultos. Entre esas estrategias, la polìtica particular de mayor importancia es la provisiòn de educaciòn gratuita y de calidad para todos los niños, asì como su acceso a puestos de trabajo  hasta su edad mìnima legal.

En la medida que se revisa el progreso alcanzado por la OIT en el combate al trabajo infantil en los ùltimos diez años, asì como al reconocer los desafìos que tenemos por delante, este informe nos provee de amplia evidencia de que la situaciòn de las niñas requiere especial atenciòn.

Las oportunidades (o la falta de ellas) que las niñas encuentren desde muy temprana edad en sus vidas, determinaràn su futuro y el de las generaciones venideras. las niñas tienen el derecho a crecer libres del trabajo infantil y tienen derecho a la educaciòn. Nosotros debemos darles a las niñas un chance para que esos derechos se hagan una realidad”.

 

Michele Jankanish

Director

Programa Internacional Contra la Erradicaciòn del Trabajo Infantil

OIT

 

Traducciòn del inglès al español por;

Sergio Barrios Escalante

 

Enlace para Leer el documento completo (en inglès):

 

 

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REVISTA CATALANA DE ESTUDIOS DE LA VIOLENCIA  (2do. Trimestre del 2009)

 

Revista  d`Estudis de la Violencia   Nùmero 8

 

 

SUMARI

  • EDITORIAL.

    •  La historia reciente del postfranquismo hay que reescribirla, 100.000 ejecutados/as  y la violación sistemática de mujeres republicanas …  Leer (PDF).

  • ARTICLES:

    • Métodos internacionales empleados para la identificación de restos óseos humanos. Dr. Manuel Polo, Médico. Especialista Universitario en Antropología Forense. Médico Forense adscrito al Instituto de Medicina Legal de Valencia. Co-director del Grupo Paleolab y coordinador del Grupo de exhumaciones.  Leer (PDF).

     

    • Cárcel y Comunidad: La continuidad de la Violencia. Un estudio de caso en la Provincia DelNeuquén. Argentina.  Beatriz Kalinsky  Antropóloga. Doctora por la Universidad de Buenos Aires. Directora de proyectos de investigación del Centro Regional de Estudios Interdisciplinarios sobre el Delito. . Leer (PDF).

     

    • EXPERIèNCIES: Bullying Homofòbic a Catalunya. Arcarons, A. (AMPGIL, Associació de mares i pares de gais I lesbianes), Barri, F. (Psicòleg); Cruceta, G. (Psiquiatre), de los Riscos, A. (Consell de la Juventut de Barcelona); Felix, S. (Casal Lambda); Merino, J. (Antropòleg); Rodriguez, E. (Front d´alliberament Gai de Catalunya); Samso, J. (Casal Lambda); Vendrell, E. (FLG, Families lesbianes i gais). Llegir (PDF).

     

    • Reacciones maternas inusuales frente al incesto paterno – filial. una mirada analógica desde el análisis de la película “VOLVER”.   Juan Paulo Marchant Espinoza Bachiller en Ciencias Sociales y Humanidades. Universidad de Chile. Evelyn Soledad Soto Castillo. Universidad de Chile. Facultad de Ciencias Sociales. Departamento de Psicología. Leer (PDF).
    • Reaccions maternes inusuals enfront a l´incest patern – filial. una mirada analògica des de l’anàlisi de la pel.lícula “VOLVER”. Juan Paulo Marchant Espinoza, Evelyn Soledad Soto Castillo.  Llegir (PDF).

     

    • Ruptura y cambios en los proyectos de vida como consecuencia de la dictadura. Cómo los cambios a nivel político y estructural influyen en las subjetividades.  Evelyn Soledad Soto Castillo. Universidad de Chile. Facultad de Ciencias Sociales. Departamento de Psicología. Leer (PDF).
    • Ruptura i canvis als projectes de vida com conseqüència de la dictadura. Com els canvis a nivell polític i estructural influeixen en les subjectivitats.  Evelyn Soledad Soto Castillo.  Llegir (PDF)

     

  • ARTÍCLE D´OPINIÓ:

    • La violència -i la seva normativització- en l’època de la reproductibilitat técnica. Miquel Fernández i Roger Martínez. Universitat Oberta de Catalunya. Llegir (PDF).

     

  • ENTREVISTA:

    • Entrevista a Vicki Bernadet, Presidenta de la Fundación Vicki Barnadet. Estudio y prevención del abuso sexual a menores. Leer (PDF).

     

  • LLIBRES.  RECENSIONS I RESENYES:

    •  “Arqueología Forense en Territorio A.G.L.A” Dr. Manuel Polo. Leer (PDF).

 

Acceso directo a material completo en;

ICEV- Revista d`Estudis de la Violencia  Nùmero 8

 

 

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CONVIVENCIA  ALTERNA

Publicaciòn a cargo de Sergio Barrios Escalante

 

Correo de Contacto en;

convivenciaalterna@yahoo.com

 

 

                                                                            ¡ LO  QUE  NO  SE  NOMBRA  NO  EXISTE!

 

 

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Jòvenes en la Agenda Pùblica de Amèrica Latina y El Caribe Mayo 20, 2009

Archivado en: Uncategorized — convivenciaalterna @ 12:45 am

                                    ¡ LO  QUE  NO  SE  NOMBRA  NO  EXISTE !

 

UNICEF/Guatemala evaluando impacto de la Crisis Mundial en las vidas de los Jòvenes de Aguacatàn, Huehuetenango, Guatemala

UNICEF/Guatemala evaluando impacto de la Crisis Mundial en las vidas de los Jòvenes de Aguacatàn, Huehuetenango, Guatemala

 

JOVENES  EN  LA  AGENDA   PÙBLICA

 

Portal de Juventud para Amèrica Latina y el Caribe

 

Contenidos

 

- Portal Centroamericajoven.org

-Democratizar el Conocimiento (Plan Ceibal)

-Prevenciòn de la Violencia Escolar (Chile)

-Base de datos sobre explotaciòn sexual comercial en Amèrica Latina y el Caribe.

-Observatorio Internacional de Justicia Juvenil.

-Convocatoria: Mejores Pràcticas en Polìticas y Programas de Juventud en Amèrica Latina y el Caribe.

-Màs de  4 mil jòvenes asesinados en una dècada en Honduras.

-Concurso: Talentos Jòvenes Rurales.

-Brasil: Escola de Gente.

-Cultura y Juventud

 

Leer detalles Aquì

 

Informaciòn proporcionada por el Centro Bolivariano de Estudios Multidisciplinarios (CEBEM)

 

CONVIVENCIA   ALTERNA

 

Responsable: Sergio Barrios Escalante

contacto:

convivenciaalterna@yahoo.com

 

¡ LO  QUE  NO  SE  NOMBRA  NO  EXISTE!

 

SÌNDROME DE ALIENACIÒN PARENTAL -SAP- Abril 19, 2009

Archivado en: Uncategorized — convivenciaalterna @ 8:47 pm

¡¡  LO  QUE  NO  SE  NOMBRA  NO  EXISTE !!

 

 

"Ellos muchas veces lo hacen mucho mejor que nosotros"

"Ellos muchas veces lo hacen mucho mejor que nosotros"

 

 

SINDROME  DE  ALIENACIÒN  PARENTAL  (SAP)

 

Diversos especialistas le han dado ese nombre, a la actitud que asumen ciertos padres y madres, que sistemáticamente inculcan odio (o veneno que es lo mismo), en sus hijos, ello en perjuicio del padre o de la madre, según sea el caso.

Tal actitud perversa està siendo actualmente tratada por los psicólogos, sociólogos, jueces de familia y especialistas, como un acto aberrante, que causa profundos daños psicológicos en los menores, a quienes muchas veces el padre o la madre convierte en sus víctimas, causándoles daños emocionales y de auto-estima muchas veces irreparables.

Como dice el Dr. Josè Miguel Aguilar Cuenca (psicólogo), mucha de esta carga de odio es fomentado en niños y niñas por medio de la repetición constante y estudiada de mentiras y manipulaciones, las màs usuales suelen ser; “tu papi (o mamì) no te quiere”,  “no te busca”, “no da dinero para tì”, “no te llama”,” me agrede cuando tù no ves”, etc, etc.

De acuerdo con el especialista citado, España es el único país en el mundo (y concretamente la región de Andalucìa), donde actualmente se discute la posibilidad de incorporar a la SAP como una pràctica que pueda ser punible, penalmente hablando.

En el caso de Centroamèrica (concretamente Guatemala), lamentablemente todavía estamos lejos de lograr que el SAP se discuta a ese nivel jurídico-institucional, pero bueno es empezar desde ya, a hacer conciencia de la necesidad de incorporar estos temas a la agenda del debate nacional y regional, en pro de asumir nuevos retos en la defensa de los derechos y de la integridad física, emocional y psicológica de nuestras hijas e hijos.

 

Sergio Barrios

Sociòlogo, padre de una niña de 5 años.

 

Màs información al respecto, pueden encontrar en el siguiente video alusivo al SAP.

 

 

 

 

Informaciòn sobre “MenEngage-LatinoAmerica y Caribe“, una Red Latinoamericana de Redes de organizaciones que luchan por el mejoramiento de las condiciones generales de vida de los niños, niñas, los adolescentes y jòvenes.

Ver màs Aquì

 

  

 

Revista Virtual Convivencia Alterna

Contacto en

@yahoo.com

 

 

 

Custodia Compartida y Convivencia Alterna Marzo 14, 2009

Archivado en: Uncategorized — convivenciaalterna @ 5:47 pm

 Desde el 25 de enero al 15 de marzo del presente año (2009), han transcurrido 49 dìas(1,776 horas), sin poder reunirme con  mi pequeña.  Se nos impide la comunicaciòn, incluso, por la vìa telefònica.  Usted, estando en mi lugar, ¿Què harìa?  ¿Guardarìa silencio?, ¿Lo tomarìa como algo normal?  En este Mes de Marzo ella està de  CUMPLEAÑOS.  ¿Podremos  sus abuelos paternos, sus amigos de por acà y yo,  hacerle una Celebraciòn mìnima?  ¿Què dice la ley respecto a esto?

 

Jade y el papi Sergio en  uno  de  sus encuentros  quincenales (de cuatro horas...)

Jade y el papi Sergio en uno de sus encuentros quincenales (de cuatro horas...)

 

CUSTODIA COMPARTIDA Y CONVIVENCIA ALTERNA

 

 

 

Artículo 3

 

“Los Estados Partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres, a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño”.

 

(Convención de los Derechos del Niño)

 

 

 

 

Presentación General:

 

El concepto de “Custodia compartida y convivencia alterna”, tal y como su nombre lo sugiere, hace alusión a la posibilidad de que los hijos e hijas menores de edad, puedan tener una relación fluida, directa, alterna, sana y permanente con ambos progenitores (en independencia del estado civil y del lugar de residencia del padre y la madre que viven separados), tanto en los aspectos cotidianos que se refieren a la custodia como a la convivencia misma con los pequeños/as.

 

Actualmente, en diversos países se tienen antecedentes de avances en cuanto al debate y la contemplación jurídica de esta figura, vista como normativa complementaria a leyes ya existentes, tal es el caso de Argentina, Costa Rica, Francia y algunas regiones de España.

 

En el caso de Argentina, la sentencia del tribunal de apelación de la Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones de lo civil de Buenos Aires (del 24 de noviembre de 1998), presidida entonces por la Dra. Zulema Wilde, citaba al respecto que “la ley no prohíbe la tenencia conjunta, simplemente no la legisla…”.

 

Afirmando además, que “…para otorgar la tenencia compartida a ambos padres, bastaría recordar la pirámide de jerarquía en cuanto a las normas” (H. Kelsen). La constitución ha consagrado en la cúspide la pirámide los convenios y tratados internacionales al considerarlos complementarios de las disposiciones de la ley fundamental (art. 75 inc. 22), los magistrados deben operar considerando modificadas o derogadas las disposiciones que vulneren, desconozcan, restrinjan o contradigan los derechos de la infancia, sin necesidad de que tales disposiciones infra-constitucionales sean expresamente abrogadas o reformadas”… (fallo con fecha 24/XI/1998).

 

 

En el caso de Costa Rica, La Ley de Paternidad Responsable (aprobada en el año 2001), inspirada en la Convención Internacional de los Derechos del Niño y en la Declaración de Derechos Humanos de la ONU, 1948, exige que todo niño/a tenga derecho efectivo a inscribirse legalmente (derecho a una identidad, un nombre y un registro ciudadano), con dos adultos responsables (padre y madre), que se comprometan a, en caso de separación o divorcio, mantener en las mejores condiciones para los hijos/as, el régimen igualitario de responsabilidad, tutela compartida y convivencia alterna.

 

 

En el caso de Francia, la Asamblea de ese país (el 22 de febrero de 2002), adoptó la modificación legislativa que prevé e iguala los derechos de ambos progenitores en cuanto a la guardia y custodia: el juez puede dictar la residencia del o los hijos/as de forma alterna en los domicilios de ambos progenitores, durante un período pactado y con fecha de revisión fijada, hasta tomar una decisión definitiva…y para ello, tener en cuenta la edad de los hijos/as, las prácticas pasadas de la pareja, y las opiniones de expertos (en psicología infantil, psicología y terapia de familia…).

 

A tono con los comentarios vertidos por Juan Gallegos Díaz, padre de familia español que practica sin problemas con sus hijos/as la convivencia alterna, “son los padres los que están en condiciones de establecer cuál es el mejor interés del hijo/a, cuando ambos padres están de acuerdo, ya que esto comporta ventajas: ambos progenitores se mantienen guardadores, ambos se equiparan en cuanto a organización de su tiempo y vida personal y profesional, los hijos mantienen la convivencia con cada uno, se les presentan menos problemas de lealtades, y se elimina de este modo el padre periférico...”

 

Sigue diciendo al respecto: “Se ha comprobado que el progenitor que no tiene la guarda se muestra menos dispuesto al contacto con sus hijos a medida que transcurre el tiempo…”.   

 

Por otra parte, señala que; “Hay numerosos acuerdos y directivas (leyes) europeas e internacionales, que determinan acerca de la igualdad de los derechos de hombre y mujer, y la no discriminación entre sexos, por lo que preferir a la madre en contra de la voluntad de ambos padres, es contrario a la ley”.

 

Y prosigue; “La no discriminación entre los sexos y la equiparación de poderes es contrario a otorgar la tenencia a uno sólo de los cónyuges (o progenitores). Cuando ambos se reconocen el uno al otro con iguales capacidades para cuidar y ocuparse de sus hijos, hacer eso es producir entre ellos un desbalance de poder…”.

 

Sostiene el señor Díaz (en su calidad de miembro del Grupo de Padres de Granada que luchan por la Igualdad de Género en España), que “se cometen enormes errores de consecuencias psicológicamente nefastas, de una crueldad inútil e injustificada, y ante las que las leyes y costumbres crean una INDEFENSIÓN irremediable para muchos varones, que se ven aislados de sus hijos/as, marginados a un papel meramente instrumental en lo económico, empobrecidos en el tiempo de contacto diario y total con sus hijos/as pequeños, INCLUSO CUANDO DE COMÚN ACUERDO (mayúsculas del señor Díaz), se han establecido convenios posibles de reparto igualitario de cuidados, la guardia, custodia, y la tutela y convivencia efectiva de los hijos/as”. 

 

 

Concluye el señor Díaz; “¡También hay padres que se olvidaron que tienen hijos, que nada saben de sus apuros en la escuela, ni de los gastos de pañales, ni del respeto mínimo al sentimiento de soledad o el miedo nocturno, las fiebres o los amores y desamores del patio de la escuela!  Pero lo que aquí resulta interesante es apoyar lo positivo: que otros varones, otros hombres machos, son capaces y quieren cuidar, atender, escuchar y mimar a sus hijos e hijas, y por nada están dispuestos a aceptar que, la costumbre, las leyes, la rutina, la pereza de jueces y psicólogos de los Equipos de Valoración Psicosocial de los Juzgados de Familia, o la neurótica alienación parental de algunas personas vierta el ácido destructor en su cariño por sus hijos/as”.

 

 

En el caso de Guatemala

 

En el año 2003 nuestro país dio un enorme salto cualitativo en materia de legislación de los derechos de la niñez y adolescencia, al ser aprobada la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (Decreto Número 27-2003, del Congreso de la República de Guatemala), en donde expresamente el Estado se compromete a velar por el respeto al relacionamiento directo y regular entre padres e hijos (artículos 13 y 14).

 

Así mismo, en otro de sus artículos específicos, se insta al Estado y a la sociedad en su conjunto a realizar acciones concretas para que las anteriores garantías sociales de niños y progenitores no se violenten.  En este aspecto, cito textualmente el siguiente artículo;

 

 

 

 

 

 

 

Artículo 16

 

Dignidad

 

“Es obligación del Estado y de la sociedad en su conjunto, velar por la dignidad de los niños, niñas y adolescentes, como individuos y miembros de una familia, poniéndolos a salvo de cualquier tratamiento inhumano, violento, aterrorizador, humillante o constrictivo”.

 

Bajo esa tónica, y mediante la realización de diversas convocatorias públicas realizadas a través de los medios de comunicación, un núcleo de padres de familia nos reunimos a inicios del año 2006, para luego realizar convocatorias más amplias, hasta lograr reunir a un grupo relativamente grande de padres de familia (el 99 por ciento varones), todos con el denominador común de enfrentar problemas de bloqueos sistemáticos en la relación fluida y periódica con nuestros hijos/as.

 

Durante la primera mitad de ese año llevamos a cabo una serie de reuniones,  

En las cuales debatimos acerca de los diversos aspectos y ángulos que presenta esta problemática, en particular, desde la perspectiva de ser padres con interés de tener un mejor y mayor relacionamiento con nuestros hijos/as, sin tantas trabas ni desventajas.

 

Hoy se hace necesario revitalizar nuevamente tal tipo de asambleas, y darle continuidad a las diferentes gestiones ya realizadas, y emprender nuevos retos.  Muchos de los padres que nos reunimos hace un par de años con estas preocupaciones seguimos enfrentando los mismos problemas.

 

Por ejemplo, en mi caso personal, continúo enfrentando todo tipo de dificultades para poder ver a mi hija de manera directa, regular y fluida (al extremo de permanecer incomunicado por períodos prolongados con mi pequeña, incluso por la vía telefónica…).

 

Por estas y otras razones relevantes, he decidido re-emprender una serie de acciones divulgativas, movilizativas y organizativas, con el fin de llamar la atención, en primer lugar, de las autoridades y operadores del Sistema de Justicia, de los padres de familia en similar situación y en disposición de organizarse por sus derechos y deberes, de los medios de comunicación social, de las autoridades del gobierno central encargadas de velar por el bienestar de la familia y la formulación de políticas públicas de desarrollo y protección social, de los señores y señoras Diputados del Congreso de la República, de los organismos nacionales e internacionales de defensa de los Derechos Humanos y de los Derechos de los Niños, y de la opinión pública en general, con el objetivo central de INCORPORAR A LA AGENDA DEL DEBATE NACIONAL, la necesidad de complementar, llenar vacíos y perfeccionar el marco jurídico nacional existente, particularmente, en relación a los derechos de la niñez y adolescencia, en lo tocante a la pertinencia de discutir, formular, aprobar, reglamentar e implementar la LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA Y CONVIVENCIA ALTERNA.

 

En consecuencia con lo anterior, este blog es parte de un conjunto mucho más amplio y articulado de acciones y tareas, a fin de contribuir modestamente, en hacer avanzar los objetivos arriba citados.

 

Agradezco de antemano la receptividad que sepan mostrar ante esta problemática, que está íntimamente vinculada con el sano desarrollo emocional, psicológico y social de nuestros niños y niñas.  Desde esta perspectiva, lo aquí tratado deja de ser algo puramente privado, para convertirse en político y social, en el sentido más amplio e integral del término.  

 

Se trata, en todo caso, de avanzar en la ampliación de los derechos sociales dificultosamente conquistados en Guatemala, y de afianzar los derechos  elementales de los niños y niñas como sujetos sociales, con el fin de aminorar los fuertes rezagos que todavía enfrentamos en términos de expresiones diversas de exclusión social.

 

 

Gracias de antemano por su apoyo divulgativo y en aportar constructivamente a este debate.

 

 

 

 

Artículo 8

 

Inciso 1:

 

“Los Estados Partes se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares de conformidad con la ley y sin injerencias ilícitas”.

 

 

(Convención de los Derechos del Niño)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Artículo 1:

 

Violencia intrafamiliar.

 

“La violencia intrafamiliar, constituye una violación a los derechos humanos y para los efectos de la presente ley, debe entenderse como cualquier acción u omisión que de manera directa o indirecta causare daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o patrimonial, tanto en el ámbito público como en el privado, a persona integrante del grupo familiar, por parte de parientes o conviviente o ex-conviviente, cónyuge o excónyuge o con quien se haya procreado hijos o hijas”.

 

 

“LEY PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR”

(Decreto Legislativo 97-96). 

Congreso de la República de Guatemala.

 

 

 

Sergio Barrios Escalante

Sociólogo e Investigador/Consultor independiente y Escritor.

 

Guatemala, Guatemala, Centroamérica

15 de marzo del 2009

 

 

Correo de contacto:  convivenciaalterna@yahoo.com

 

http://convivenciaalterna.wordpress.com

 

 

 

 

 

 

¡LO QUE NO SE NOMBRA NO EXISTE!

 

 

Se agradece su apoyo a través del re-envío y/o reproducción de este material.

 

 

 

 

– INFORMACIÒN PRELIMINAR - Febrero 17, 2009

Archivado en: Uncategorized — convivenciaalterna @ 3:27 pm

-LO QUE NO SE NOMBRA NO EXISTE –

 

 

ESTE SITIO  -EN  CONSTRUCCIÒN-  ESTARÀ DEDICADO  A  SENSIBILIZAR  A  LA  CIUDADANÌA  EN GENERAL, A  LOS  PADRES   DE  FAMILIA  EN  SITUACIÒN  DE  LIMITACIÒN  DE  CONVIVIENCIA  CON  SUS  HIJOS/AS, Y  A  LOS  DIPUTADOS/AS   DEL  CONGRESO  DE  LA  REPÙBLICA DE  GUATEMALA  EN  PARTICULAR,  ACERCA  DE  LA  NECESIDAD  E  IMPORTANCIA  DE  LEGISLAR  EN  FAVOR  DE LA  FORMULACIÒN,  DISCUSIÒN,  APROBACIÒN  E  IMPLEMENTACIÒN  DE  LA 

 

LEY  DE  CUSTODIA  COMPARTIDA  Y  CONVIVENCIA  ALTERNA

 

DESTINADA  A  REDUCIR  LOS  PERNICIOSOS  EFECTOS  RESULTANTES  DEL  EJERCICIO DE LA  PATERNIDAD  PERIFERICA ( IRREGULAR  Y  A  DISTANCIA),  EN  ATENCIÒN  AL  ESPÌRITU  UNIVERSAL  Y  DEMOCRÀTICO  QUE  RECONOCE  LA  IGUALDAD  DE  LA MUJER  Y  EL HOMBRE ANTE  LA  LEY.

 

-PORQUE  LA  PATERNIDAD  PERIFÈRICA  TAMBIÈN  QUIEBRA  LA  COHESIÒN  SOCIAL.

-PORQUE  NUESTROS HIJOS  E  HIJAS  NOS  IMPORTAN.

-PORQUE  NO  SOLAMENTE  ES  IMPORTANTE  PREGUNTARNOS  QUÈ  TIERRA  LE  DEJAREMOS  A  NUESTROS  HIJOS  E  HIJAS,  SINO  TAMBIÈN, PREGUNTARNOS  QUE  HIJOS  E HIJAS  LE  DEJAREMOS  A  NUESTRA  TIERRA.

 

-         LO  QUE  NO  SE  NOMBRA  NO  EXISTE 

 

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Hello world! Febrero 14, 2009

Archivado en: Uncategorized — convivenciaalterna @ 7:32 pm

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